El uso de la motocicleta en la Ciudad de México se ha convertido en uno de los medios de transporte favoritos para los capitalinos, debido a su practicidad, ahorro de combustible, y sobre todo, los bajos precios que tienen en comparación de los automóviles. Siendo así, en el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México se han establecido algunos estatutos para que los conductores de motos puedan transitar libremente, así que si quieres conocer las causales para que tu vehículo motorizado sea remitido al corralón, te invitamos a que sigas leyendo.
Multas para motos que amarían corralón
De acuerdo al artículo 30 del Reglamento de Tránsito vigente en la Ciudad, ameritan arrastre al corralón, las siguientes conductas:
- Estacionar cualquier vehículo sobre vías peatonales, así como en las vías exclusivas para ciclistas.
- Estacionar en el costado izquierdo de la vía cuando haya camellones centrales, laterales, islas o glorietas, a menos que las marcas en el pavimento lo permitan.
- Si la motocicleta se estaciona en lugares en los que el señalamiento restrictivo es evidente.
- Estacionarse en espacios para servicios especiales previamente autorizados por la Secretaría.
- Permanecer en espacios que han sido destinados para el ascenso y descenso de pasajeros.
- Estacionar la motocicleta en batería, excepto cuando exista una señalización visible que lo permita.
- Cuando el conductor se haya estacionado en lugares mucho más pequeños de lo establecido en el Reglamento: 7 metros y medio a partir de la guarnición de la vía transversal, y seis metros de la entrada de estaciones de servicios de emergencia.
- Cuando la motocicleta es estacionada en cajones exclusivos, que han sido señalizados previamente.
En el artículo 34 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México se establece que “organizar o participar e competencias vehiculares de alta velocidad, acrobacias y demás maniobras riesgosas” puede ser motivo para remitir tu motocicleta al corralón.
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Mantener las matrículas visibles es muy importante, de acuerdo al artículo 45 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que establece que las placas de las motocicletas deberán permanecer en un lugar visible, con la lectura en dirección a la parte de atrás del vehículo.
Multas para motos en la CDMX
- Circular en carriles de contraflujo o en ciclovías
- Manejar sin contar con una licencia de conducir, o en su defecto, un permiso vigente
- No tener la tarjeta de circulación de la motocicleta
- Manejar a exceso de velocidad
- Abandonar el vehículo motorizado
- Manejar en condiciones no aptas, bajo la influencia del alcohol u otro tipo de sustancias
- Instalar sistemas anti radares que evitan ser ‘cachados’ cuando se maneja a exceso de velocidad.
- Utilizar diseños en tu motocicleta que hagan alusión a los vehículos oficiales o de emergencia que transitan en la ciudad.
Recuerda, si has infringido la ley, los oficiales de tránsito son los únicos elementos policiacos que pueden levantar la infracción o en su defecto, hacer el papeleo para que tu vehículo sea llevado al corralón.
Si quieres conocer todo lo que el Reglamento de Tránsito dice sobre las motocicletas, te invitamos a que des click en el siguiente enlace y puedas revisarlo por ti mismo.