En los últimos años muchas personas han instalado cámaras en sus autos (dashcams, cámaras frontales o traseras) con la idea de tener evidencia clara en caso de siniestros, accidentes o disputas. Pero, ¿hasta qué punto esas grabaciones tienen valor legal ante jueces o aseguradoras? La respuesta es: sí, pueden servir, pero bajo ciertas condiciones y con limitaciones que te explicaremos a continuación.
Un punto clave es que, en México, como en muchos otros países, el sistema legal permite “probar por cualquier medio los hechos”, siempre que estos medios sean lícitos y se obtengan respetando derechos humanos, privacidad y normas procesales.
El artículo 259 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que cualquier hecho puede probarse por cualquier medio lícito, y el artículo 356 exige que las pruebas y circunstancias aportadas respeten las formalidades del proceso. Esto significa que una grabación de un accidente puede ser admitida en un juicio si fue obtenida de manera legal, si no viola derechos de terceros, y si puede probarse su autenticidad.

Otro aspecto importante es el reconocimiento por parte de aseguradoras. Algunas aceptan las grabaciones como parte de la reclamación, ya que permiten determinar con mayor claridad la responsabilidad en un choque, maniobra indebida, o conflicto vial. En ciertos países, esto incluso ha llevado a descuentos de póliza si el conductor tiene instalada una cámara.
Nextbase afirma que todas las principales aseguradoras de autos aceptan ahora las grabaciones de las cámaras de salpicadero como prueba en caso de siniestro. Sin embargo, esto no quiere decir que toda grabación sea suficiente para garantizar el pago o resolver automáticamente un caso.
¿Qué se necesita para que los vídeos sean aceptados como evidencia?
Para que una grabación de cámara de auto sea útil legalmente, hay varios requisitos:
- Que tenga fecha, hora, ubicación claramente visibles, y que la calidad de imagen, y de audio si se incluye; sea suficiente para distinguir placas, personas, hechos relevantes.
- Que el archivo original esté preservado, sin alteraciones o ediciones que puedan cuestionar su integridad.
- Que no se viole la privacidad de terceros: por ejemplo, grabar el interior sin consentimiento puede generar problemas legales. También, divulgar imágenes públicamente sin permisos puede implicar responsabilidad.
- Que la persona que aporta la grabación pueda respaldar su autenticidad, por ejemplo, declarando quién la grabó, cómo se obtuvo, cómo se conserva, etc. En juicios penales esto tiene especial relevancia.
En el ámbito judicial, los tribunales suelen evaluar la evidencia de video como “documental”, y están dispuestos a admitirla si cumple los principios de autenticidad, exactitud y calidad, así como si fue obtenida lícitamente.