Uno de los aspectos estéticos favoritos entre los dueños de autos, especialmente entre los aficionados al “tuning”, es el polarizar los vidrios del auto. Aunque aporta otros beneficios más allá de la apariencia, como la protección de los rayos del sol, esto está regulado en la Ciudad de México y no cumplir con las normas podría hacerte acreedor a una multa.
El uso de vidrios polarizados o películas de control solar para autos está regulado por el Reglamento de Tránsito de la CDMX. El Artículo 43 establece que está prohibido instalar o utilizar películas de control solar en vidrios laterales o traseros. Solo se permitirá si su porcentaje de opacidad es igual o menor al 20 por ciento.
También señala que vehículos de transporte público, escolar o de personal no deben portar vidrios polarizados o aditamentos distintos a las calcomanías reglamentarias.

La norma impone valores de multa en unidades de medida y actualización (UMA). En ese sentido, el incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 43 puede sancionarse con multas equivalentes a 20, 25 o 30 veces la UMA vigente. Para el 2025, dichas sanciones pueden traducirse en montos que oscilan aproximadamente entre 2,262 y 3,394 pesos.
Si un oficial detiene el vehículo y detecta que los vidrios están polarizados en exceso, el conductor puede recibir la multa correspondiente, perder puntos en su licencia (3 puntos) o, en infracciones detectadas por sistemas tecnológicos, que el vehículo tenga un punto sancionado a la matrícula.
¿Cuándo se permite el uso de polarizado?
La norma contempla una excepción cuando la persona tiene una condición médica que exige protección adicional contra los rayos solares. En esos casos, debe acreditarse ante las autoridades correspondientes y anotarse en la tarjeta de circulación para que esté respaldado legalmente y pueda circular con sus vidrios polarizados.