En un esfuerzo por evitar confusiones y posibles sanciones, es importante comprender qué tipos de modificaciones están prohibidas por la ley en vehículos. El Código Nacional de Tránsito, en su artículo 104, establece regulaciones relacionadas con dispositivos sonoros en vehículos.
Según este código, queda estrictamente prohibida la instalación de accesorios como válvulas, resonadores o pitos destinados a alterar el sonido original de la motocicleta. La razón detrás de esta restricción es mantener los niveles de ruido bajo control y garantizar la seguridad en las carreteras.
Además, las regulaciones del Ministerio de Salud complementan estas disposiciones al establecer niveles máximos de ruido permitidos. Durante el día, en zonas industriales, se permite un máximo de 75 decibeles, mientras que en zonas residenciales, los límites son aún más bajos: 65 decibeles durante el día y 45 decibeles durante la noche. Estas normas se implementan para reducir la contaminación acústica y promover un entorno más silencioso.
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Luces parecidas a las utilizadas por la policía puede traer serios problemas
Uno de los accesorios comunes utilizados para personalizar vehículos son las luces de colores. Sin embargo, es importante destacar que alterar los colores de las luces de los faros, usar luces estroboscópicas o instalar luces azules y rojas, similares a las utilizadas por la policía, pueden acarrear problemas legales.
La normativa prohíbe el uso de luces intermitentes o de alta intensidad, así como la instalación de sirenas en vehículos particulares. Estos dispositivos están reservados exclusivamente para organismos de control o de emergencia, como la Policía, las ambulancias y los bomberos, con el propósito de mantener la seguridad pública.
El artículo 131 del Código Nacional de Tránsito establece que modificar o alterar las placas del vehículo, ya sea utilizando una placa falsa o adulterada, se considera una infracción. Esto se prohíbe en aras de garantizar la identificación precisa de los vehículos en la vía.
La ley también detalla que cualquier modificación o cambio en las características que identifican a un vehículo, como las dimensiones o el color original, debe realizarse con el permiso de las autoridades de movilidad y debe quedar debidamente registrada en el Registro Nacional Automotor. Esto se hace para mantener un registro preciso de las características de cada vehículo y garantizar su identificación en caso de ser necesario.